jueves, 1 de septiembre de 2016
Normas
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-157-SSA1-1996
Esta norma establece criterios y requisitos de que deben ser aplicados en el uso de rayos X.
Consola de control.- Es la parte del equipo de rayos X que contiene mandos e indicadores, donde se puede seleccionar el conjunto de parámetros para realizar los estudios radiológicos, así como activar e interrumpir la generación de rayos X.
Protección del POE.
Las dosis de rayos X que reciban el POE y el público, con motivo de la operación de los establecimientos de diagnóstico médico con rayos X, deben mantenerse tan bajas como se pueda lograr y siempre estar debajo de los límites establecidos en la normatividad vigente.
Los radiólogos deben usar artefactos de protección con que cuenta el equipo de rayos X para atenuar la radiación dispersa (cortinillas plomadas, marco plomado alrededor de la pantalla, placas de plástico plomado, mamparas, filtros compensadores, entre otros), durante la realización de los estudios radiológicos, emplear el colimador apropiado para obtener el haz mínimo necesario y utilizar la tensión adecuada.
1.-Mandil con espesor equivalente de 0.5 mm de plomo cuando cubra solamente el frente del cuerpo, o mandil de 0.25 mm cuando cubra completamente el frente, los costados del tórax y pelvis.
2-Guantes de compresión con espesor equivalente a 0.5 mm de plomo.
3.-Guantes para intervención con espesor equivalente de 0.25 mm de plomo.
4.-Collarín para protección de tiroides con espesor equivalente a 0.5 mm de plomo.
5.-Anteojos para protección del cristalino, con cristales de espesor equivalente a 0.2 mm de plomo.
Protección del paciente.
Cuando se utilice un equipo móvil, el operador debe mantenerse a una distancia mayor a 2m del paciente y emplear un mandil plomado.
Durante el estudio radiológico únicamente el paciente debe permanecer dentro la sala, sólo en algunos casos, podrá acompañarlo otra persona. Dicha persona debe recibir instrucciones específicas de lo que va a hacer y del riesgo que implica, debe emplear el equipo de protección adecuado (mandil, guantes, entre otros) y mantenerse siempre fuera del haz de radiación.
El equivalente de dosis debe limitarse a 5 mSv por estudio radiológico.
Durante la operación del equipo de rayos X no deben permanecer personas ni pacientes en los vestidores anexos a la sala de exposición si no se cuenta con el blindaje adecuado para ello.
Las puertas de acceso a la sala de rayos X, tanto la de entrada principal como las de los vestidores, deben permanecer cerradas durante el estudio radiológico.
!°NORMA Oficial Mexicana NOM-229-SSA1-2002, Salud ambiental. Requisitos técnicos para las instalaciones,responsabilidades sanitarias, especificaciones técnicas para los equipos y protección radiológica en establecimientos de diagnóstico médico con rayos X.
Manual de protección y seguridad radiológica.- Documento cuyo objetivo es que todas las acciones que involucren fuentes de radiación ionizante, se ejecuten cumpliendo con normas y procedimientos de protección radiológica adecuados, para reducir las exposiciones ocupacionales y del público a valores tan bajos como razonablemente pueda lograrse, tomando en cuenta factores económicos y sociales. Debe contener los procedimientos de protección y seguridad radiológica aplicables a las actividades que se realicen en el establecimiento.
Radiación ionizante.- Radiación electromagnética o corpuscular capaz de producir iones, en forma directa o indirecta, al interaccionar con la materia.
Radiación de fuga.- Radiación generada en el tubo de rayos X y que atraviesa la coraza del mismo, exceptuando el haz útil.
Radiación dispersa.- Fracción del haz útil cuya dirección y energía han sido modificadas al interactuar con la materia. En diagnóstico médico con rayos X se considera al paciente como el principal dispersor de la radiación del haz útil.
Radiación secundaria.- Suma de la radiación dispersa y de la radiación de fuga.
Radiografía.- Técnica del diagnóstico médico que produce una imagen de las estructuras del cuerpo sobre un receptor de imagen sensible a los rayos X transmitidos a través del paciente.
Sala de rayos X.- Area del establecimiento de diagnóstico médico con rayos X donde está instalado un equipo.
Los lugares que cuenten con rayos x deben contar con:
Sala de espera;
Sala de rayos X;
Área de consola de control;
Área de almacenamiento de película;
Cuarto oscuro;
Área de interpretación
Área para preparación de medios de contraste y para preparación del paciente, en su caso. Las dimensiones y ubicación serán de acuerdo con los tipos y idad de estudios a realizar.
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